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REDACCIÓN
Lunes, 18 de Julio de 2016
ECONOMÍA

Las terrazas de bares podrán estar abiertas hasta las 3:30 en fiestas

El pasado 13 de julio se firmó un decreto por el que podrán dar servicio del 22 al 30 de julio coincidiendo con las fiestas patronales de la ciudad. De esta forma, los locales de restauración se tendrán los mismos derechos esta semana que las kábilas moras y casernas cristianas, así como a los casales de fallas y asociaciones de vecinos que organizan actividades.


En los próximos días empezarán las fiestas patronales de la ciudad, durante las cuales comisiones Falleras, Moros y Cristianos y asociaciones de Vecinos se desenrollan múltiples actividades festivas, culturales y de ocio en la vía pública. Por ello, y teniendo en cuenta que los torrentinos disfrutarán más de la noche estos días de fiestas patronales, y que se recibirán visitantes de otras poblaciones, el Ayuntamiento ha decidido volver a conceder permisos extraordinarios para las terrazas y veladores de bares y restaurantes autorizados.

 

La medida, aplicada ya desde hace varios años, supone también igualar las condiciones entre los locales festeros y los comercios de restauración y que las sedes festeras que han solicitado permiso disponen de autorización hasta las 3:30 horas de la madrugada por aplicación del DECRETO 21/2015, de 22 de diciembre por el cual se regulan los horarios de espectáculos públicos, actividades recreativas y establecimientos públicos para el año 2016.
 

Para Andrés Campos, concejal de Hacienda, este horario para fiestas patronales pretende facilitar el disfrute de las actividades de ocio de esta semana. “Es una medida extraordinaria que ayudará a aumentar el beneficio económico al comercio de la ciudad”, ha defendido Campos, que también ha pedido comprensión a los vecinos y respeto para poder conciliar descanso con el disfrute lúdico en estos días.

 

 

Aplicación de Ordenanza

Según la ordenanza reguladora de la instalación y funcionamiento de las terrazas y veladores de hostelería, se establece en el artículo 5.1 los horarios de apertura de las mismas, estableciendo, a todos los efectos que la hora de cierre de las terrazas será de domingo a jueves a las 24,00 horas y los viernes sábados y víspera de festivos a la 1,30 horas.

 

Sin embargo,  atendiendo a circunstancias especiales se ha decidido conceder autorizaciones con horario diferente del general establecido ya que ·resulta por lo tanto contradictorio, que los locales de hostelería, perfectamente preparados y adecuados tengan que finalizar su actividad, en esos días tan señalados y fundamentales para el desarrollo de su negocio, a las 24,00 horas o a la 1,30h., en cuanto que otras actividades no profesionales puedan proseguir con su actividad festiva hasta las 3,30 horas, máximamente en el presente ejercicio en que, a diferencia de años anteriores, han tenido que satisfacer una Tasa por la ocupación del dominio público·.

Por tanto, con carácter excepcional, entre los días 22 al 30 de julio del 2016, ambos incluidos, el horario de cierre de las terrazas y veladores de establecimientos de hostelería autorizadas en el término municipal de Torrent, que queda fijado en las 3,30 horas. A partir del día 31 de julio del 2016 el horario de apertura y cierre de las terrazas volverá a ser el establecido.

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