Miércoles, 18 de Junio de 2025

Actualizada Viernes, 23 de Mayo de 2025 a las 12:54:39 horas

Edición digital en castellano | Directora: Mamen Casabán I Contacte: 687 284 697 | . Versión impresa
REDACCIÓN
Lunes, 05 de Octubre de 2020

Abierto el plazo para solicitar la “Ayuda Bebé”

La subvención de 200 euros está destinada a familias torrentinas que hayan tenido un nacimiento o adopción entre julio y diciembre de 2019

El Ayuntamiento de Torrent ha publicado las bases reguladoras de la “Ayuda Bebé 2020”; una subvención de 200 € para hacer frente a los primeros gastos del neonato o niño/a en adopción. Así, podrán solicitarlas las familias empadronadas en la ciudad que hayan tenido por nacimiento o adopción un hijo o hija entre el 1 de julio de 2019 y el 31 de diciembre de 2019.

 

La ayuda tendrá que emplearse en productos de primera necesidad: alimentación, higiene, ropa o salud. Además, tendrán que ser adquiridos en los comercios de Torrent que se adhieran a la iniciativa a través de IDEA’T. En este sentido, además de representar una ayuda económica para las personas beneficiarias, “favorece e impulsa a los comercios locales, ya que la cuantía de la prestación se invierte de manera directa en los mismos, ha declarado la concejala del área de Igualdad, Marina Olivares.

 

El plazo para la presentación de solicitudes será de un mes desde el día siguiente de la publicación de la convocatoria en el BOP, es decir, desde el  02 de octubre hasta el 02 de noviembre (ambos inclusive). Se tendrán que presentar, preferentemente, por medio del trámite que se habilitará al efecto y que estará disponible en la sede electrónica del Ayuntamiento de Torrent. También puede presentarse presencialmente en la Casa de la Dona, C/ Músico Mariano Puig Yago, 8.

 

Las familias solicitantes de la “Ayuda Bebé” deberán estar empadronadas en Torrent, de forma acreditada e ininterrumpida, con al menos 12 meses de antelación al nacimiento o la adopción. También se valora, como criterio de concesión, la situación económica de la unidad familiar. Las bases reguladoras de esta subvención se pueden consultar en el siguiente enlace: https://bit.ly/33kyUeX.

Comentarios Comentar esta noticia
Comentar esta noticia

Normas de participación

Esta es la opinión de los lectores, no la de este medio.

Nos reservamos el derecho a eliminar los comentarios inapropiados.

La participación implica que ha leído y acepta las Normas de Participación y Política de Privacidad

Normas de Participación

Política de privacidad

Por seguridad guardamos tu IP
216.73.216.73

Todavía no hay comentarios

Quizás también te interese...

Con tu cuenta registrada

Escribe tu correo y te enviaremos un enlace para que escribas una nueva contraseña.